Por el cual se reforma el mercado con el número 1,067 de 6 de septiembre último sobre precios de venta de la sal en los Almacenes de Bogotá

Rango Decreto
Publicación 1901-12-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

DECRETA:

Artículo único. Los precios de venta, por libras, de la sal que se expende en los Almacenes Oficiales establecidos en la capital, serán, en adelante, los siguientes:

Sal compactada, la libra, á $ 0-20.

En lo sucesivo sólo á los Establecimientos de Beneficencia podrán venderse cantidades mayores de una arroba de sal.

Dado en Bogotá, á 11 de Diciembre de 1901.

JOSE MANUEL MARROQUÍN

El Ministro de Hacienda,

MIGUEL ABADÍA MENDEZ

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