por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1995

Rango Decreto
Publicación 1995-08-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la república de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 59 de la Ley 179 de 1994,

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política, expidió la Ley 168 del 29 de noviembre de 1994 aprobatoria del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1995, el cual liquidó por medio del Decreto 2899 del 31 de diciembre de 1994;

Que el artículo 352 de la Constitución Política le confiere a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

Que de conformidad con el artículo 59 de la Ley 179 de 1994, cuando se fusiones órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Gobierno Nacional hará los ajustes correspondientes en el presupuesto para dejar en cabeza de los nuevos órganos delos que asumieron las funciones, las apropiaciones correspondientes para cumplir con sus objetivos, sin que puedan aumentar las partidas globales por funcionamiento, inversión y servicio de la deuda, aprobadas por el Congreso de la República.

Que en virtud del artículo 248, numeral 6, de la Ley 100 de 1993, se facultó al Gobierno Nacional para organizar el sistema de salud de las Fuerzas Militares y de Policía.

Que en ejercicio de dichas facultades expidió el Decreto 1301 de 1994, por el cual se organiza el sistema (…), trasladando funciones de la Policía Nacional al Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional;

Que el jefe de la División Financiera de la Policía Nacional certifica que en el presupuesto de Servicios Personales y Transferencias de ese Organo existe apropiación disponible libre de afectación presupuestal por valor de $ 4.121.987.000.00 y $ 199.373.000.00 respectivamente,

DECRETA:

Artículo 1°. Modificase la Ley de Apropiaciones y el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1995 para atender gastos de funcionamiento concernientes a traslado de funciones, efectuando contra créditos y créditos del Presupuesto General de la Nación por la suma de cuatro mil trescientos veintiún millones trescientos sesenta mil pesos moneda legal ($ 4.321.360.000.00) según el siguiente detalle:

Contracréditos

Número Prog. Articulo Orden Spr. Sub Rec. Concepto Proy. Total
Sección 1601
Policía Nacional
Total $ 4.321.360.000
A Funcionamiento 4.321.360.000
Unidad 1601 01 Dirección Superior 743.072.000 743.072.000 743.072.000
1. Servicios Personales 543.699.000 543.699.000
002 0001 Sueldo Básico 251.380.000 251.380.000
01 Recursos ordinarios 251.380.000 251.380.000
005 Subsidio de alimentación 11.135.000 11.135.000
01 Recursos ordinarios 11.135.000 11.135.000
008 Prima de vacaciones 24.320.000 24.320.000
01 Recursos ordinarios 24.320.000 24.320.000
009 Prima de Navidad
01 Recursos ordinarios
0100001 Prima de Actividad
01 Recursos ordinarios
031 Bonificación seguro de vida colectivo
(Dec. 1949 de 1992) 19.422.000 19.422.000
01 Recursos ordinarios 19.422.000 19.422.000
03 Transferencias Instituto colombiano de bienestar familiar (ICBF) 63.297.000 63.297.000
Recursos ordinarios 63.297.000 63.297.000
10 Servicio nacional de aprendizaje (SENA) 10.549.000 10.549.000
01 Recursos ordinarios 10.549.000 10.549.000
12 Escuelas industriales e institutos técnicos 21.099.000 21.099.000
Recursos ordinarios 21.099.000 21.099.000
220005 Subsidio de vivienda 104.428.000 104.428.000
01 Recursos ordinarios 104.428.000 104.428.000
Unidad 1601 03 Sanidad y asistencia Social 3.578.288.000 3.578.288.000 3.578.288.000 3.578.288.000
Servicios Personales 3.578.288.000 3.578.288.000
002 Sueldo Básico 1.630.000.000 1.630.000.000
01 Recursos ordinarios 1.630.000.000 1.630.000.000
005 Subsidio de alimentación 86.000.000 86.000.000
01 Recursos ordinarios 86.000.000 86.000.000
006 Auxilio de transporte 63.827.000 63.827.000
01 Recursos ordinarios 63.827.000 63.827.000
008 Prima de vacaciones 100.000.000 100.000.000
01 Recursos ordinarios 100.000.000 100.000.000
009 Prima de Navidad 858.000.000 858.000.000
01 Recursos ordinarios 858.000.000 858.000.000
0100001 Prima de Actividad 483.000.000 483.000.000
01 Recursos ordinarios 483.000.000 483.000.000
0100015 Primas varias 39.926.000 39.926.000
01 Recursos ordinarios 39.926.000 39.926.000
0180001 Subsidio familiar 317.535.000 317.535.000
01 Recursos ordinarios 317.535.000 317.535.000
Total contracréditos 4.321.360.000 4.321.360.000 4.321.360.000 4.321.360.000
Artículo 2° Con base en él contra cristo de qué trata el artículo anterior en los siguientes escritos el presupuesto general de la nación para la vigencia fiscal de 1995 así:
Numero Articulo Orden Sub Rec. Concepto Total
Prog Spr, Proy.
Sección 1517
Instituto para la Seguridad y Bienestar de la Policía Nacional Instituto para la Seguridad y Bienestar de la Policía Nacional Instituto para la Seguridad y Bienestar de la Policía Nacional Instituto para la Seguridad y Bienestar de la Policía Nacional Instituto para la Seguridad y Bienestar de la Policía Nacional
Total 4.321.360.000
A-Funcionamiento 4.321.360.000
Unidad 151701
Dirección Superior 1.117.273.927
Servicios personales 1.117.273.927 1.117.273.927
002 Sueldos de personal de nomina 1.117.273.927 1.117.273.927
01 Recursos ordinarios 1.117.273.927 1.117.273.927
Unidad 151702
Salud
3.204.086.073
1 Servicios personales 3.004.713.073
002 Sueldos de personal de nomina 2.021.896.950 2.021.896.950
01 Recursos ordinarios 2.021.896.950 2.021.896.950
Bonificación por servicios prestados 65.991.313 65.991.313
004 01 Recursos ordinarios 65.991.313 65.991.313
005 Subsidio de alimentación 27.787.860 27.787.860
01 Recursos ordinarios 27.787.860 27.787.860
006 Auxilio de transporte 14.774.445 14.774.445
01 Recursos ordinarios 14.774.445 14.774.445
008 Prima de vacaciones 92.467.473 92.467.473
01 Recursos ordinarios 92.467.473 92.467.473
009 Prima de navidad 770.562.271 770.562.271
01 Recursos ordinarios 770.562.271 770.562.271
012 Bonificación especial de recreación 11.232.761 11.232.761
01 Recursos ordinarios 11.232.761 11.232.761
3 transferidas 199.373.000 199.373.000
009 Instituto Colombia de bienestar familiar ICBF 111.000.000 111.000.000
01 Recursos ordinarios 111.000.000 111.000.000
010 Servicio nacional de aprendizaje (SENA) 88.373.000 88.373.000
01 Recursos ordinarios 88.373.000 88.373.000
TOTAL CREDITOS 4.321.360.000 4.321.360.000 4.321.360.000 4.321.360.000
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá D C., 28 de agosto de 1995

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

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