Por el cual se crea un puesto y se hace un nombramiento en la Oficina del Interventor del Ferrocarril Tolima-Huila-Caquetá
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
Decreta:
Artículo único. Créase el puesto de Escribiente de la Oficina del Interventor del Gobierno en el contrato con la Casa Norton Griffiths & Co., Limited, para la construcción del ferrocarril Tolima- Huila-Caquetá hacia Neiva, con la asignación de $ 100 mensuales, y nómbrase para desempeñarlo al señor José Ignacio Avilés. Los sueldos de este empleado se pagarán en la misma forma que los del Interventor y los del Abogado Secretario
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de agosto de 1926.
MIGUEL ABADÍA MENDEZ-El Ministro de Obras Públicas, Mariano OSPINA PEREZ.
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