Por el cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1941-08-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Articulo 1°. Del artículo 926, capitulo 69, del Presupuesto Nacional vigente, destínase la cantidad de seiscientos cincuenta pesos ($ 650) para gastos de organización del Curso de Pedagogía Vocacional que tendrá lugar en la Estación Experimental de Buga.
Articulo 2°. La suma destinada en el articulo anterior se girará el Recaudador o Administrador de Hacienda Nacional en Buga, quien atenderá a los pagos mediante cuentas legales, visadas por el Agrónomo Visitador de Escuelas Vocacionales, doctor Nostor Obando, quien queda autorizado para actuar como ordenador de los gastos que implique este Curso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de agosto de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional,

Guillermo NANNETTI

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