Por el cual se ordena dar principio a los trabajos de trazado y construcción de una vía
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.º Con la partida que le ha sido asignada a la vía de Popayán a Mocoa, pasando por el valle de Las Papas y por Santa Rosa, se procederá a ejecutar trabajos de exploraciones, trazado, localización y construcción, trabajos que estarán al cuidado del siguiente personal: un Ingeniero Jefe, con trescientos ochenta pesos ($ 380); un Ingeniero primer Ayudante, con doscientos cincuenta pesos ($ 250), y un Ingeniero segundo Ayudante, con doscientos treinta pesos ($ 230).
Artículo 2.° La dirección de los trabajos citados dependerá exclusivamente del Ministerio de Obras Públicas, debiendo, por tanto, el Ingeniero Jefe sujetar los trabajos de su cargo a las especificaciones sobre la materia expedidas por el expresado Ministerio, así como a los reglamentos, órdenes e instrucciones dadas por tal Oficina.
Artículo 3.° El recibo de los fondos que se giren para estos trabajos, pago de gastos, formación y rendición de cuentas a la Contraloría General de la República, estarán a cargo del Administrador de Hacienda Nacional de Popayán, funcionario al cual se le fija la suma de $ 20 como honorarios por los servicios de que trate este Decreto.
Artículo 4.º Nómbrase a los señores César Balcázar, José Tomás Mosquera y Tomás Agredo, para desempañar los puestos de Ingeniero Jefe, Ingeniero primer Ayudante e Ingeniero segundo Ayudante, creados por este Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de agosto de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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