Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en la planta de personal del Ministerio de Justicia determinada por el Decreto número 3176 de 1968
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales,
decreta:
Artículo 1° Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal del Ministerio de Justicia:
Número de empleos, nombre del empleo, clase, categoría y sueldo.
Secretaría General.
División de Personal.
1, Jefe de Personal, II-24, $ 4.500.00.
División de Servicios Generales.
1, Técnico en Administración Pública, III-25, $ 4.950.00.
Artículo 2° Créanse en la planta de personal del Ministerio de Justicia los siguientes cargos:
Número de empleos, nombre del empleo, clase, categoría, sueldo.
Secretaría General;
División de Personal.
1, Jefe de División, IV-27, $ 6.000.00.
División de Servicios Generales.
1, Jefe de División, IV-27, $ 6.000.00.
Artículo 3° El Gobierno procederá conforme a las disposiciones legales vigentes, a designar al personal que deba ocupar los empleos que se establecen por el presente Decreto:
Los empleados que estando al servicio del Ministerio de Justicia fueren incorporados en dichos cargos, no requerirán llenar otra formalidad para la posesión que la firma del acta respectiva y el pago del impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración, si a ello hubiere lugar.
Artículo 4° El reconocimiento de la prima de antigüedad se hará conforme a las previsiones de los Decretos 2285 y 3191 de 1968.
Artículo 5° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y modifica el Decreto 3176 de 1968.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 17 de agosto de 1972.
misael pastrana borrero
El Ministro de Justicia, Miguel Escobar Méndez. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Carmenza Arana de Ramírez.
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