Por el cual se modifica el Decreto número 1902 de 1915
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
1.° Que la forma determinada por el artículo 4.° del Decreto número 1902 de 1915 para la renovación del personal de la Cámara de Comercio de Bogotá, no ha resultado practica para su buen funcionamiento;
2.° Que la misma Cámara ha pedido que se reforme el artículo 4.° del Decreto citado, en el sentido de que se le faculte para elegir a quienes haya de reemplazar a los miembros que, conforme al artículo 17 de los Estatutos, pierdan el carácter de tales por no concurrir a las sesiones reglamentarias,
decreta:
Artículo único. Facúltase a la Cámara de Comercio de Bogotá para reemplazar a los miembros que, conforme al artículo 17 del Reglamento de dicha Cámara, hayan perdido el carácter de tales.
Queda en estos términos modificado el Decreto número 1902 de 1915.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de agosto de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Agricultura y Comercio, luis MONTOYA S.
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