Adicional al 224 de 1889
El Presidente de la República
DECRETA:
Para los efectos de la ley 111 de 1888, orgánica de la hacienda nacional en Los departamentos, adscribense los distritos de Sampues y Tetón al circuito de Sincelejo y el de baranoa al circuito de Barranquilla.
Dado en Suesca, a 27 de marzo de 1892.
CARLOS HOLGUÍN.
El ministro de hacienda,
José Manuel Goenaga G.
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