Por el cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones del Gobierno Nacional para el año fiscal de 1986
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y en desarrollo del Decreto número 3823 de 1985, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 1° del Decreto número 3823 del 27 de diciembre de 1985, el Ministerio de Obras Públicas y Transporte, el Fondo Vial Nacional, el Fondo Nacional de Caminos Vecinales y el Fondo de Inmuebles Nacionales, han cuantificado la suma de $ 708.230.236.98, recursos provenientes del Presupuesto Nacional consignados en la Tesorería General de la República de las vigencias fiscales de 1984 y anteriores;
Que para amparar la apertura de créditos adicionales con base en los recursos de que trata el anterior considerando se ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 22 de 17 de abril de 1986, por parte de la Contraloría General por la suma de $ 703.230.236.98;
Que para dar cumplimiento al artículo 3° del mencionado Decreto 3823 se requiere que el Gobierno Nacional, mediante un único decreto suscrito por los Ministros de Hacienda y Crédito Público y Obras Públicas y Transporte, y por el Jefe del Departamento Nacional de Planeación, efectúe créditos suplementales o extraordinarios al Presupuesto Nacional de 1986 destinados exclusivamente a la ejecución de obras públicas en las zonas afectadas por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz;
Que algunas de las vías ubicadas en la jurisdicción del Distrito número 8, con sede en Bogotá, son vías de acceso a la zona afectada por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz, razón por la cual se hace necesario que este Distrito disponga de recursos adicionales para el mantenimiento de vías y puentes; Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto 3823 de 1985, para la expedición y desarrollo de este Decreto no es necesario atender ningún otro requisito o trámite de los establecidos en las normas vigentes, en especial en el Decreto 294 de 1973,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónase el Presupuesto Nacional de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1986 en la cantidad de $ 708.230.236.98, moneda corriente, de acuerdo al siguiente detalle:
Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital.
Ingresos corrientes.
Ingresos no tributarios.
2.Rentas contractuales.
CAPITULO X
- c) Otros recursos.
| Numeral 96. Consignación en la Tesorería General de la República como depósitos aplicables a Rentas-Recursos no apropiados (Certificado de Disponibilidad número 22 de abril de 1986, por valor de | $ 708.230.236.98 |
|---|---|
| Suma el recurso | $ 708.230.236.98 |
| Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1986, así: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE Recursos ordinarios. CAPITULO 21. Fondo Vial Nacional. Programa 3801 Plan Vial Nacional-Construcción y Reconstrucción de Carreteras Nacionales. Inversión indirecta. Artículo 6857-A. Estudios y Servicios Técnicos en zonas afectadas por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz | $ 25.000.000.00 |
| --- | --- |
| 1. Comisiones de estudios MOPT | 15.000.000.00 |
| 2. Servicios técnicos | 10.000.000.00 |
| Artículo 6859-A. indemnizaciones y liquidaciones, contratos varios en zonas afectadas por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz | 80.000.000.00 |
| 1. Adquisición, ocupación de zonas o pago de mejoras por construcción de carreteras | 80.000.000.00 |
| Programa 3802 Plan Vial Nacional-Conservación y Mejoramiento de Carreteras Nacionales. Inversión indirecta. Artículo 6860-A. Gastos operativos de Distritos en zonas afectadas por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz | $ 8.000.000.00 |
| 1. Adquisición, construcción y adecuación sedes y campamentos distritos | 5.000.000.00 |
| 2. Avisos de prensa | 3.000.000.00 |
| Artículo 6861-A. Gastos directos de conservación rutinario y gastos operativos de distritos en zonas afectadas por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz | $ 190.000.000.00 |
| 1. Distrito número 5, Manizales | 70.000.000.00 |
| 2. Distrito número 8, Bogotá | 50.000.000.00 |
| 3. Distrito número 17, Ibagué | 70.000.000.00 |
| Artículo 6863-Á. Equipos y talleres con destino a zonas afectadas por la actividad volcánica del -Nevado del Ruiz. | $ 132.951.759.95 |
| 1. Adquisición gastos de importación y transporte equipo de conservación | 132.951.759.95 |
| --- | --- |
| Programa 3305 Plan Vial Nacional-Navegación Fluvial y Obras Hidráulicas Inversión Indirecta. Artículo 6671. Obras hidráulicas | $ 20.000.000.00 |
| 7. Obras de defensa ribereñas en zonas afectadas por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz (Tolima-Caldas) | 20.000.000.00 |
| CAPITULO 22 Fondo Nacional de Caminos Vecinales. Programa 3803 Caminos Vecinales Inversión indirecta. Artículo 6879-A. Programas Pico y Pala en zonas afectadas por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz | $ 69.041.795.33 |
| 1. Playa Larga-Santa Bárbara, Caldas | 32.500.000.00 |
| 2. Patiburi-Bagazal-Pavas, Tolima | 11.000.000.00 |
| 3. Mariquita-Betania, Tolima | 25.541.795.33 |
| Artículo 6882-A. programa Caminos para la Integración Regional en zonas afectadas por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz | $ 167.000.000.00 |
| 1. Marulanda-Manzanares, Caldas | 18.000.000.00 |
| 2. La Cristalina-Hojas Anchas (Sector La Cristalina-Romerales), Caldas | 50.000.000.00 |
| 3. Telaraña-Potosi, Caldas | 34.000.000.00 |
| 4. Cambao-Méndez-Honda y Méndez-Guayabal (Hato Grande), Tolima | 65.000.000.00 |
| CAPITULO 23 Fondo de Inmuebles Nacionales Programa 2104 Inmuebles Nacionales. Parques y Monumentos. Inversión indirecta. Artículo 6859-B. Parques y Monumentos Nacionales afectados por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz | $ 16.236.681.70 |
| 1. Casa Musero Alfonso López Pumarejo, Honda | 2.000.000.00 |
| 2. Puente Navarri y accesos, Honda | 5.000.000.00 |
| 3. Capilla de la Ermita, Mariquita | 2.000.000.00 |
| 4. Casa Sabio Mutis, Mariquita | 2.000.000.00 |
| 5. Consolidación Ruinas Portal Santa Lucía, Mariquita | 1.500.000.00 |
| 6. Sectos histórico Edificio Ministerio de la Nación, Ambalema | 3.736.681.70 |
| Total crédito adicional Ministerio de Obras Públicas y Transporte: | $ 708.230.236.98 |
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. E., a 2 de mayo de 1986.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hugo Palacios Mejía.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Rodolfo Segovia Salas.
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
César Vallejo Mejía.
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