Por el cual se aprueba el Reglamento orgánico de la Escuela Militar
El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,
en uso de facultades legales,
Decreta:
Artículo único. Apruébase en todas sus partes el Reglamento orgánico de la Escuela Militar, elaborado por la Dirección de dicho Instituto y revisado por el Ministerio de Guerra.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de diciembre de 1921.
JORGE HOLGUIN- El Ministro de Guerra, Aristóbulo ARCHILA.
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