Por el cual se crean unos cargos en la Justicia Penal Militar

Rango Decreto
Publicación 1975-08-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 358 del Código de Justicia Penal Militar,

DECRETA:

Artículo 1° Créanse en la Justicia Penal Militar los siguientes cargos:
Artículo 2° Los Juzgados de Instrucción Penal Militar creados en el artículo precedente, serán radicados por el Ministerio de Defensa Nacional.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y adiciona el marcado con el número 173 de 6 de enero de 1973.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá; D. E., a 15 de julio de 1975.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya.

El Ministro de Defensa Nacional,

General Abraham Varón Valencia.

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