Por el cual se suprime una oficina y se crea otra en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
decreta:
Articulo 1° Suprímase la Oficina Telegráfica de Saltillo y crease la postal y Telegráfica de Fraguas (Departamento de Antioquia), con el mismo personal que hoy tiene la que se suprime.
Articulo 2° Nombrase Telegrafista administrador de correos de Fraguas al señor Salomón Serna.
Articulo 3° El presente Decreto empezara a regir diez días después de su fecha.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 30 de septiembre de 1922
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, Miguel JIMENEZ LOPEZ.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.