por el cual se declaran dos empleos ad honorem, se establece una Oficina y se fijan unas asignaciones en el ramo Postal
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo l.° Decláranse ad honorem los empleos de las Oficinas de Buenavista-Norte de Santander y Laguna de Ortices y Motoso, Santander.
Artículo 2.° Establécese en Codazzi-Magdalena-Oficina Postal servida por un Administrador, con la dotación de diez pesos ($ 10) y un peso ($ 1) para gastos de útiles de escritorio mensuales.
Artículo 3.° Fíjase en treinta y cinco pesos ($ 35) el sueldo mensual del Administrador de Correos de Sogamoso, Oficina en donde se crea la plaza de Ayudante, con la asignación de trece pesos ($ 13) por mes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 20 de agosto de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
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