Por el cual se ordena hacer un traslado en el presupuesto de gastos para el año en curso del Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas

Rango Decreto
Publicación 1925-09-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION Y SALUBRIDAD PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta el artículo 17 de la Ley 34 de 1923,

DECRETA:

Artículo 1º Trasladase del artículo 554, capítulo 57, del Presupuesto Nacional de gastos para el año en curso, la partida de $ 5,000 que se apropió para la construcción de asilos para niños sanos en el Lazareto de Agua de Dios, suma que se llevará al artículo 561 del mismo capítulo, para los gastos que ocasione la instalación definitiva del acueducto de Aguafría en el referido Leprosorio.

Artículo 2º Dese cuenta a la Contraloría General de la República para los fines a que haya lugar.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de septiembre de 1925.

PEDRO NEL OSPINA

El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas,

José Ignacio VERNAZA.

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