Por el cual se aplaza la vigencia de una disposición legal
La Junta Militar de Gobierno, en ejercicio de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que es indispensable facilitar a las Compañías extranjeras que ejerzan negocios permanentes en Colombia, el cumplimiento de los requisitos señalados en los Decretos legislativos números 2 y 37 de 1906,
DECRETA;
Artículo primero. Aplázase la vigencia del Decreto número 1381 del 3 de julio de 1957, por el cual se reglamentan algunas disposiciones legales sobre sociedades domiciliadas en el Exterior''.
Artículo segundo. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E. a 6 de julio de 1957.
Mayor General GABRIEL PARIS G.
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca. Contraalmirante Rubén Piedrahita A. Brigadier General Rafael Navas Pardo. Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Fomento,
Joaquín Vallejo.
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