por el cual se adiciona el Decreto 218 de 2000 que modifica la estructura del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS

Rango Decreto
Publicación 2002-07-11
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial de las conferidas por el artículo 189 numeral 16 de la Constitución Política, y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional mediante la Ley 282 de 1996, dictó medidas tendientes a erradicar algunos delitos contra la libertad personal, especialmente el secuestro y la extorsión, en la cual asigna responsabilidades y funciones específicas al Departamento Administrativo de Seguridad, como integrante del Consejo Nacional de Lucha contra el Secuestro y demás atentados contra la libertad personal - Conase, y en el desarrollo de las acciones operativas adelantadas por los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, Gaula;

Que para desarrollar y ejecutar las políticas del Programa para la Lucha contra el Delito de Secuestro, el Departamento Administrativo de Seguridad debe contar con una dependencia de alto nivel que se encargue de ejecutar y coordinar las acciones operativas, y afianzar las relaciones de cooperación y financiación a través del Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal, Fondelibertad;

DECRETA:

Artículo 1º. Adicionar la Subdirección Antisecuestro al numeral 5 del artículo 4º del Capítulo 1º del Decreto 218 de 2000, por el cual se fijó la estructura del Departamento Administrativo de Seguridad, el cual quedará así:

5.1 Subdirección de Investigaciones Especiales

5.2 Subdirección de Interpol - OCN

5.3 Subdirección de Asuntos Migratorios

5.4 Subdirección Antisecuestro.

Artículo 2º. Funciones de la Subdirección Antisecuestro. Corresponde a la Subdirección Antisecuestro el ejercicio de las siguientes funciones:
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona en lo pertinente el Decreto 218 de 2000.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de julio de 2002.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Manuel Santos Calderón.

El Director del Departamento Administrativo de Seguridad,

Coronel Germán Gustavo Jaramillo Piedrahíta.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Mauricio Zuluaga Ruiz.

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