Por los cuales se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1976 (Ministerio de Salud Pública) por $ 156.409.280.96

Rango Decreto
Publicación 1976-08-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 99 del Decreto-ley número 294 de 1973, cuando estando en receso el Congreso se presente la necesidad de aumentar las apropiaciones para gastos, el Gobierno puede abrir los créditos supleméntales extraordinarios del caso, con la aprobación del Consejo de Ministros y el Concepto previo y favorable del Consejo de Estado;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir un crédito adicional al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Salud Pública, por $ 156.409.280.96.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 del Decreto-ley 294 de 1973, el Contralor General de la República canceló en el Balance del Tesoro de la Nación reservas correspondientes a la vigencia fiscal de 1974, por valor de $ 156.409.280.86 y a la vez a solicitud del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el Certificado de Disponibilidad número 14 de 1976, por igual valor, con base en tales cancelaciones o pasivos exigibles del Ministerio de Salud Pública;

Que el Consejo de Ministros ha impartido su aprobación a la apertura del referido crédito, y el Consejo de Estado ha emitido concepto previo y favorable sobre el mismo;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fisca de 1976, en la cantidad de ciento cincuenta y seis millones cuatrocientos nueve mil doscientos ochenta pesos con noventa y seis centavos ($ 156.409.280.96) moneda legal que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 14 de mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral;

Presupuesto de rentas y recursos de capital.

CAPITULO XII

Recursos del balance del tesoro.

Numeral 113. Cancelación de reservas del balance del tesoro de la vigencia fiscal de 1974, con base en Fondos Convenios Financieros Colombo-holandés 156.409.280.96
Suma el recurso $ 156.409.280.96
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976. Presupuesto de inversión. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 265. Ministerio de Salud Pública Programa 623. Construcción, ampliación y terminación de hospitales Fondo Convenios Financieros Colombo-Holandés (Cancelación de reservas del balance del tesoro). Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976. Presupuesto de inversión. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 265. Ministerio de Salud Pública Programa 623. Construcción, ampliación y terminación de hospitales Fondo Convenios Financieros Colombo-Holandés (Cancelación de reservas del balance del tesoro). Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976. Presupuesto de inversión. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 265. Ministerio de Salud Pública Programa 623. Construcción, ampliación y terminación de hospitales Fondo Convenios Financieros Colombo-Holandés (Cancelación de reservas del balance del tesoro). Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976. Presupuesto de inversión. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 265. Ministerio de Salud Pública Programa 623. Construcción, ampliación y terminación de hospitales Fondo Convenios Financieros Colombo-Holandés (Cancelación de reservas del balance del tesoro).
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Claves: 589. 352 Artículo 6153-A. Para entregar al Fondo Nacional Hospitalario con destino a la adquisición de bienes y servicios procedentes de Holanda para dotación de hospitales 156.409.280.96
Suma el crédito adicional $ 156.409.280.96
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a julio 8 de 1976.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya.

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