Por el cual se distribuye una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. La suma de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000) apropiada en el Presupuesto extraordinario vigente- Capítulo 103, artículo 1494-C, por el Decreto número 673 del presente año. (marzo 12), se distribuirá así:
| a) Para pagar el aporte de1 Estado para la Federación de Trigueros, de conformidad con el contrato que se celebre con dicha entidad. | $ | 180.000 |
|---|---|---|
| b) Para la campaña triguera que adelanta directamente, el. Ministerio de la Economía Nacional | $ | 70.000 |
| c) Para la formación de "El Fondo Cooperativo Nacional", creado por el Decreto-ley 1.460 de 1940 | 150.000 | |
| Total | $ | 400.000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de junio de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de la Economía Nacional,
Marco Aurelio ARANGO
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