Sobre traslados en el Presupuesto vigente para dar cumplimiento al artículo 4º de la Ley 75 de 1947 (Ministerio de Agricultura y Ganadería)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 30 de abril del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efeccutar unos traslados dentro del Presupuesto vigente, según consta enel acta respectiva,
DECRETA :
Articulo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
Capítulo 70.
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