Por el cual se adiciona el Decreto 596 de marzo 16 de 1965 y se distribuye una apropiación

Rango Decreto
Publicación 1965-06-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el siguiente proyecto correspondiente al Capítulo 1192, artículo 11913-Recursos del Crédito Externo-del Presupuesto vigente, así:
Proyecto 1. Para Estudios Carreteras Nacionales. $ 840.000
Artículo 2° De la partida apropiada en el Capítulo 1191, artículo 11913 del Presupuesto vigente, Para construcción de carreteras, según distribución que hará el Gobierno, de acuerdo con el contrato con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, hácese la siguiente distribución:
--- ---
Proyecto 3. Carretera Pedregal-Santa Teresa 60.000
Total $ 900.000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a junio 3 de 1965.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernando Durán Dussán.-El Ministro de Obras Públicas, Tomás Castrillón Muñoz.

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