por el cual se prorroga la vigencia de los Decretos 1436 y 2379 de 1996 y 477 de 1997

Rango Decreto
Publicación 1997-05-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, conforme a lo previsto en las leyes 8º de 1973, 45 de 1981 y 7º de 1991, previo el concepto del Consejo Superior de Comercio Exterior,

DECRETA:

Artículo 1º. Prorrogar hasta el 31 de mayo de 1998 la vigencia de las disposiciones contenidas en los Decretos 1436 y 2379 de 1996 y 477 de 1997.

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 28 de mayo de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

Antonio Gómez Merlano.

El Ministro de Comercio Exterior,

Carlos Ronderos Torres.

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