Por el cual se aumenta el personal de una Sección de la Policía, se eleva un sueldo y se hace un nombramiento
El presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Auméntanse seis Agentes de tercera clase a la Sección 6ª de Fronteras de la Policía Nacional, acantonada en Florencia.
Artículo 2° Elévase a ochenta pesos el sueldo mensual del Secretario Habilitado de la misma Sección.
Artículo 3° Nómbrase Comisario de primera clase de la indicada Sección, al señor Luis María Ordóñez.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 16 de Julio de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.