Por el cual se autoriza al Gobierno Nacional para contratar un empréstito hasta por la cantidad de US$ 4.000.00 de los Estados Unidos de América, con la Agencia Internacional de Desarrollo

Rango Decreto
Publicación 1963-08-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia.

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren las Leyes 123 de 1959 y de 1902, y

considerando:

Que el artículo primero de la Ley 123 de 1959, autorizó al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito externo hasta por la suma de doscientos cincuenta millones de dólares (US$ 250.000.000.00) de los Estados Unidos de América, o su equivalente en otras monedas, con el fin de obtener recursos para la financiación de planes de desarrollo económico y de mejoramiento social, y para contribuir al equilibrio de la Balanza de Pagos;

Que el Consejo Nacional de Política Económica y Planeación ha tenido conocimiento sobre el empréstito en referencia y sus prospectos de inversión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo quinto de la Ley 123 de 1959;

Que el Gobierno ha sido debidamente asesorado por la Comisión Interparlamentaria, de conformidad con lo establecido en el artículo octavo de la mencionada Ley 123 de 1959,

decreta:

Artículo primero. Autorízase al Ministro de Hacienda y Crédito Público para contratar un empréstito con la Agencia Internacional de Desarrollo, hasta por la cantidad de cuatro millones de dólares (US$ 1.000.000.00) de los Estados Unidos de América.
Artículo segundo. El Ministro de Hacienda y Crédito Público queda facultado para expedir los documentos de crédito indispensables que aseguren la financiación prevista, ciñéndose para tal fin a las estipulaciones que contenga el respectivo contrato de empréstito.
Artículo tercero. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de junio de 1963.

guillermo leon valencia

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Sanz de Santamaría

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