Por el cual se distribuyen unas apropiaciones (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1951-07-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1°. Disminúyese en $ 90.000.00, la apropiación del Capítulo 116, artículo 1578, ordinal 1) del Presupuesto vigente, carretera Cúcuta-Pamplona.
Artículo 2°. Disminúyese en $ 60.000.00 la apropiación del Capítulo 118, artículo 1581, ordinal G) del Presupuesto vigente para el puente sobre el río Fonce en San Gil, en la carretera Barbosa-Bucaramanga.

Estas sumas se incorporarán en las partidas globales correspondientes a los artículos presupuéstales mencionados.

Artículo 3°. Adiciónase en $ 90.000.00 la apropiación del Capítulo 116, artículo 1578 ordinal H) 'para la carretera Bogotá- Villavicencio, sector kilómetro 20-Cáqueza'.
Artículo 4°. Del saldo de la partida apropiada en el Capítulo 118, articulo 1581 'para la terminación de puentes y construcción de otros, hácese la siguiente distribución parcial, para la ejecución de la siguiente obra:

Capítulo 118, artículo 1581

Ordinal Z-4). Para el puente Ruperto Meló en la carretera Cáqueza-Villavicencio $60.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de junio de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público. Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

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