Por el cual se aclaran los Decretos 524 y 525 de 1975

Rango Decreto
Publicación 1975-08-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 3° de la Ley 24 de 1974,

DECRETA:

Artículo 1° El parágrafo del artículo 5° del Decreto número 524 de 1975, quedará así:

Parágrafo. El personal que ocupe cargos de Inspectores Nacionales (Supervisores) percibirá la asignación que le corresponda a su categoría en el Escalafón y un cuarenta por ciento (40%) adicional mientras desempeñe dicho empleo.

Artículo 2° El artículo 3° del Decreto número 525 de 1975 quedará así; el personal de profesores, instructores, consejeros y directores de departamento al servicio de los Institutos de Educación Media Diversificada-INEM e Institutos Técnicos Agrícolas-ITA, que se halle inscrito en las categorías especiales del Escalafón Nacional de Enseñanza Media, tendrá derecho a percibir, además de su sueldo total, los siguientes porcentajes, de su sueldo básico;
Categoría Especial, el 10%
Categoría Especial, el 20 "
Categoría Especial, el 30 "
Categoría Especial, el 40 "
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a julio 18 de 1975.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Educación Nacional, Hernando Duran Dussán. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Jaime Lopera Gutiérrez

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