Por el cual se fijan las tarifas Postales, Telegráficas y de Giros

Rango Decreto
Publicación 1957-08-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno

CONSIDERANDO

que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Republica.

DECRETA

Artículo primero. A partir del 1º. de agosto del presente año regirán las siguientes tarifas postales, telegráficas y de giros:
Artículo segundo. El formulario de emisión de los giros postales y telegráficos que se acompaña a la cuenta mensual deberá llevar adheridas y anuladas estampillas de sobre-porte acerero nacional por valor de diez centavos ($0.10), que serán suministradas por el introductor del giro respectivo.
Artículo tercero. El impuesto de timbre nacional es de $0.20 por cada cien pesos o fracción para toda clase de giros, a excepción de los emitidos por entidades oficiales, organismos exentos de impuesto.
Artículo cuarto. A partir de la vigencia del presente Decreto, el registro de direcciones postales, telegráficas, radiotelegráficas y en las empresas particulares que presten servicios postales y radiotelegráficos, no causara derecho alguno por parte del interesado.
Artículo quinto. Este Decreto rige a partir de del año en curso, deroga el Decreto-ley número 2759 de 18 de octubre de 1955 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 18 de julio de 1957.

Mayor General GABRIEL PARIS G.

Presidente de la Junta

Mayor General Deogracias Fonseca.- Contralmirante Rubén Piedrahita Arango.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.- Brigadier General Luis E. Ordoñez.

El Ministro de Gobierno, José María Villarreal-El Ministro de Relaciones Exteriores ,Carlos Sanz de Santa María-El Ministro De Justicia, Mayor General Alfredo Duarte Bium.-El Ministro De Hacienda Y Crédito Publico, Antonio Alvarez Restrepo El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya. El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar-El Ministro Del Trabajo, Raimundo Emiliani Roman-El Ministro de Salud Pública Pablo Llinás.-El Ministro de Fomento, Joaquín Vallejo.-El Ministro De Minas Y Petróleos, Julio Cesar Turbay Ayala.- El Ministro de Educación Nacional Prospero Carbonell-El Ministro De Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz P.-El Ministro De Obras Públicas, Tulio Ospina Pérez.

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