Por el cual se autoriza al Distrito Especial de Bogotá para pagar subsidios a las empresas de buses particulares de servicio urbano

Rango Decreto
Publicación 1958-06-26
Estado Vigente
Departamento LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo 1° Para adelantar la campaña de abaratamiento del costo de la vida, autorizase al Distrito Especial de Bogotá para pagar un subsidio mensual de cuatrocientos cincuenta pesos ($ 450) moneda corriente, por cada bus en servicio, a las empresas de buses particulares de Bogotá, Distrito Especial, durante los meses de mayo a agosto inclusive del año en curso.
Artículo 2° El pago de este subsidio se hará por el Distrito a las empresas de buses, previa certificación del número de vehículos en funcionamiento expedido por la Secretaria Distrital de Circulación y Tránsito.
Artículo 3° Autorizase a la Empresa Colombiana de Petróleos para reembolsar al Distrito Especial de Bogotá, las sumas que pague en virtud de lo dispuesto en este Decreto, con cargo a participaciones de la Nación en las utilidades de dicha Empresa.
Artículo 4° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de mayo de 1958.

Mayor General GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén Piedrahita A -Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Gobierno, Mayor General Pio Quinto Rengifo.-El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justicia, José María Villarreal.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda-El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya.-El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar.-El Ministro del Trabajo, Raimundo Emiliani Román.- El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás.-El Ministro de Fomento, Harold Eder.-El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala.-El Ministro de Educación Nacional, Alonso Carvajal Peralta.-El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz.-El Ministro de Obras Públicas, Roberto Salazar Gómez.

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