por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Relaciones Exteriores)

Rango Decreto
Publicación 1949-06-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Relaciones Exteriores).

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 17 de mayo de! año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las 'apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Articulo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vidente:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Capitulo8°. Capitulo8°. Capitulo8°.
Del artículo 105. Para compra de libros con destino a la Biblioteca del Ministerio, gastos de publicación del Boletín, suscripción y compra de revistas y periódicos, en el año $ 10.000.00
Capítulo 12 Capítulo 12 Capítulo 12
Del artículo 134. Para atender al pago de cuentas pendientes de toda clase, correspondientes a vigencias expiradas 15.000..00
Suman los contracréditos $ 25. 000.00
Capítulo 8° Capítulo 8° Capítulo 8°
--- --- ---
Al artículo 108. Para gastos reservados, extraordinarios e imprevistos del Ministerio e indemnizaciones por vacaciones no concedidas, y en caso de cesantía, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, en el año $ 25.000.00
Suman los créditos $ 25.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de mayo de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores, Eduardo ZULETA ANGEL-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO.

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