Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978 (Departamento Administrativo de Seguridad y los Ministerios de Educación, Salud Pública y Agricultura), por $ 155.084.200.00

Rango Decreto
Publicación 1978-08-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Administrativo de Seguridad y los Ministerios de Educación, Salud Pública y Agricultura, por medio de las Resoluciones números 1183, 5813, 4976, 5166 y 181 de 1978, declararon, sobrante la suma de $ 155.084.200 00 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los Certificados de reserva y disponibilidad números 47, 43, 49, 45 y 48 por valor de $ 68.200.00, $ 145.996.000.00, $ 2.500.000.00, $ 4.990.000.00 y $ 1.530.000.00, respectivamente, para amparar los traslados presupuéstales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978

CONTRACREDITOS

Presupuesto de Funcionamiento

Departamento Administrativo de Seguridad.

CAPITULO 2
Desarrollo Operativo
Servicios Personales
Claves:
123-02-11. Artículo 0301. Sueldos; del personal de. Nómina $ 68.200 68.200
Ministerio de Salud
CAPITULO 1
Dirección Superior
Servicios Personales
331-06-11. Artículo 2153. Honorarios 100.000 100.000
331-18-11. Artículo 2159. Subsidio Familiar 601.000 601.000
Gastos Generales
331-42-12. Artículo 2167. Arrendamientos 4.209.000 4.209.000
Ministerio de Agricultura
CAPITULO 1
Dirección Superior
Servicios Personales
221-11-11. Artículo 1957. Prima técnica 680,000 680,000
Gastos Generales
221-42-12. Artículo 1968. Arrendamientos 400.000 400.000
CAPITULO
Organización Campesina
Gastos Generales
221-35-12. Artículo 1961. Mantenimiento y Aseguro 250.000 250.000
CAPITULO3
Servicios Administrativos.
Gastos Generales.
221-42-12. Artículo 1968. Arrendamientos 200.000 200.000
Presupuesto de Inversión.
Ministerio de Educación Nacional
CAPITULO 1
Dirección Superior
PROGRAMA 27
Planeación y Asistencia Técnica a la Educación.
Inversión Indirecta
Recursos ordinarios (1)
Artículo 6501. Planeación y Administración 700.000 700.000
Proyecto
31-311. 2. Divulgación e. Información educativa 700.000 700.000
PROGRAMA 22
Capacitación. y Crédito Educativo
Inversión Directa
Recursos Ordinarios. (1)
Artículo 6504. Formación y. capacitación personal docente $200.000 $200.000
Proyecto
32-312. 1. Capacitación para la experimentación y perfeccionamiento del personal docente en educación básica, primaria y secundaria 200.000 200.000
PROGRAMA 26
Adquisiciones Materiales y Equipo
para la Educación
Inversión Directa
Recursos Ordinarios (1)
Articuló 6506. Producción de material educativo 750.000 750.000
Proyecto
31-311. 3. Diseño y producción de material para docentes y alumnos en los diferentes nivéleles 750.000 750.000
Artículo 6508. Dotación y equipamiento de centros experimentales pilotos 850.000 850.000
Recursos Ordinarios (1)
Proyecto
31-318. 7. Mantenimiento de equipos 510.000 510.000
LEY 19/77 (5)
Proyecto
31-318. 7. Mantenimiento de equipos 340.000 340.000
CAPITULO 16
I.C.C.E
PROGRAMA 24
Construcción y Mantenimiento
de Edificios Educativos
Inversión Indirecta
Recursos Ordinarios (1)
41-318. Artículo 6529. Construcción y dotación de centros de servicios docentes, C.A.S.D. (Contrapartida BIRF-920-CO) (Ley 43 de 1975) 117.366.000 117.366.000
Proyectos
1. Bogotá 13.121.000
3. Cali 9.158.000
7. Barranquilla 12.277.000
8. Tunja 3.564.000
9. Valledupar 5.630.000
10. Sincelejo 5.830.000
11. Ibagué 6.983.000
12. Neiva 6.333.000
13. Pasto 6.556.000
14. Quibdó 5.830.000
15. Santa Marta 6.875.000
16. Girardot 7.209.000
17. Cartagena 9.913.000
18. Pereira 9.667.000
19. Duitama 8.220.000
BONOS LEY 21/63 (3)
41-318. Artículo 6529. Construcción y Dotación Centros de Servicios Docentes, C.A.S.D. (Contrapartida BÍRF 920-CO) (Ley 43 de 1975) 5.930.000 5.930.000
Proyectos
2. Bogotá 2.000.000
3. Cali 2.000.000
7. Barranquilla 1.930.000
PROGRAMA 26
Adquisición de Materiales y Equipos para la Educación.
Inversión Indirecta.
Recursos Ordinarios (1)
41-318. Artículo 6535 Contrapartida al empréstito con la República Democrática Alemana RDA 22.700.000 22.700.000
Proyectos
1. 15% del valor FOB, no financiado por RDA 12.000.000
2. Fletes Internacionales 10.700.000
Suman los Contracréditós $ 155.084.200
CREDITOS Presupuestó de Funcionamiento Departamento Administrativo de Seguridad CAPITULO 1 Dirección Superior Servicios Personales
CREDITOS Presupuestó de Funcionamiento Departamento Administrativo de Seguridad CAPITULO 1 Dirección Superior Servicios Personales
CREDITOS Presupuestó de Funcionamiento Departamento Administrativo de Seguridad CAPITULO 1 Dirección Superior Servicios Personales
CREDITOS Presupuestó de Funcionamiento Departamento Administrativo de Seguridad CAPITULO 1 Dirección Superior Servicios Personales
CREDITOS Presupuestó de Funcionamiento Departamento Administrativo de Seguridad CAPITULO 1 Dirección Superior Servicios Personales
CREDITOS Presupuestó de Funcionamiento Departamento Administrativo de Seguridad CAPITULO 1 Dirección Superior Servicios Personales
Claves:
123-03-11. Artículo 0302. Gastos de representación Ministerio de Salud CAPITULO 1 Dirección Superior Servicios Personales $ 68.200 68.200
Artículo 0302. Gastos de representación Ministerio de Salud CAPITULO 1 Dirección Superior Servicios Personales
Artículo 0302. Gastos de representación Ministerio de Salud CAPITULO 1 Dirección Superior Servicios Personales
Artículo 0302. Gastos de representación Ministerio de Salud CAPITULO 1 Dirección Superior Servicios Personales
Artículo 0302. Gastos de representación Ministerio de Salud CAPITULO 1 Dirección Superior Servicios Personales
331-11-11. Artículo 2155. Prima técnica 200.000 200.000
331-16-11. Artículo 2157. Indemnización por vacaciones 200.000 200.000
331-17-11. Artículo 2158. Auxilio del transporte 200.000 200.000
Artículo 2159-A. Para pago de vigencias expiradas, por concepto de servicios personales 20.000 20.000
Gastos Generales
331-35-12. Artículo 2160. Mantenimiento y Aseguros 1.000.000 1.000.000
Artículo 2168-A. Para pago de deudas de vigencias expiradas, por concepto de gastos generales 180.000 180.000
Transferencias
332-80-21. Artículo 2173. Pondo Nacional Hospitalario 3.000.000 3.000.000
331-79-23. Artículo 2184. Convenio Hipólito Unamue 190.000 190.000
Ministerio de Agricultura
CAPITULO 2
Organización Campesina
Servicios Personales
221-04-11. Artículo 1953. Sueldos del personal supernumerario 80.000 80.000
CAPITULO 3
Servicios Administrativos
Servicios Personales
221-08-11. Artículo 1955. Horas extras y días feriados 150.000 150.000
CAPITULO 1
Dirección Superior
Gastos Generales
221-35-12 Artículo 1961. Mantenimiento y Aseguros 1.000.000 1.000.000
CAPITULO3
Servicios Administrativos
Gastos Generales
221-38-12. Articuló 1964. Servicio de comunicaciones 330.000 330.000
Presupuesto de Inversión
Ministerio de Educación Nacional.
CAPITULO 1
Dirección Superior
PROGRAMA 27
Planeación y Asistencia Técnica a la Educación,
Inversión Directa
Artículo .6501. Planeación y Administración 2.500.000 2.500.000
Recursos Ordinarios (1)
Proyecto
31-311-1. Contrapartida, al proyecto de Planeación y Administración (Programa de Cooperación Técnica) 2.160.000 2.160.000
LEY 19/77 (5)
31-311-1. Contrapartida al proyecto de Planeación y Administración (Programa de Cooperación Técnica) 340.000 340.000
CAPITULO 16
I.C.C.E
PROGRAMA 24
Construcción y Mantenimiento de
Edificios Educativos
Inversión Indirecta
Recursos Ordinarios (1)
Artículo 6527. Construcción; ampliación, dotación, reparación y mantenimiento de plantas físicas, mobiliarios y equipo dé escuelas primarias en Departamentos, intendencias, comisarías y Bogotá, D.E $ 8.221.000 8.221.000
Proyecto
41-312-20. Santander 8.221.000
Artículo 6528. Construcción y dotación de escuelas primarias y, centrales en áreas de concentraciones de desarrollo rural Contrapartida BIRF-929-CO) 50.622.000 50.622.000
Proyectos
41-312. 1. San Andrés (Santander) 4.425.000
41-312. 2. Puerto Boyacá. (Boyacá) 3.523.000
41-312. 3. Santander de Quilichao,(Cauca) 3.554.000
41-312. 4. Turbo (Antioquia) 4.456.000
41-312. 5. Ungula Acandi, (Chocó) 4.955.000
41-312. 6. Yacuanquoi (Nariño) 3.523000
41-312. 7. Aguadas (Caldas) 4.114.000
41-312. 8. Fosca Cáqueza. (Cundinamarca) 3.834.000
41-312. 9. Sibundoy (Putumayo) 3.367.000
41-312. l0. Los Palmitos (Sucre) 3.680.000
41-312. 11. María La Baja (Bolívar) 3.834.000
41-312. 12. Sevilla Ciénaga (Magdalena) 3.523.000
41-312. 13. Necoclí-Turbo (Antioquia) 3.834.000
Artículo 6529. Construcción y Dotación Centros de Servicios Docentes (C.A:S D.)(Contrapartida BIRF-920-CO) (Ley 43 de 1975) 46.470.000 46.470.000 46.470.000
Proyectos
41-318. 1. Barrancabermeja 5.670.000
41-318. 2. Medellín 4 800.000
41-318. 5. Armenia 9.500.000
41-318. 6. Manizales 12.700.000
41-318. 20. Florencia 1.300.000
41-318. 21. Villavicencio 1.900.000
41-318. 22. Sabanalarga 2.400.000
41-318. 23. Cúcuta 8.200.000
BONOS LEY 21/63 (3)
Artículo 6529. Construcción y Dotación Centros de Servicios Docentes, C.A S.D. (Contrapartida BIRF-920-CO) (Ley 43 de 1975) 5.930.000 5.930.000 5.930.000
Proyecto
41-318. 1. Barrancabermeja 5.930.000
Recursos Ordinarios (1)
Artículo 6530. Construcción de plantas físicas y dotación de planteles de educación media en Departamentos, .Intendencias y Comisarías y Bogotá, D. E. (Ley 43 de 1975) 1.2063.000 1.2063.000 1.2063.000
Proyectos
41-318. 2. Atlántico 500.000
41-318. 3. Bogotá l.000.000
41-318. 5. Boyacá 2.509.000
41-318. 7. Cauca 3.000.000
41-318. 10. Cundinamarca 3.000.000
41-318. 11. Chocó 1.000.000
41-318. 13. Guajira 500.000
41-318. 14. Magdalena 1.000.000
41-318. 17. Norte de Santander 1.553.000
PROGRAMA 26
Adquisición Material y Equipos
para la Educación
Inversión Indirecta
Recursos Ordinarias (1)
Artículo 6535. Contrapartida al empréstito con la República Democrática Alemana, RDA 22.700.000 22.700.000
Proyectos
41-318. 4. Gastos de, documentos, nacionalización y puertos 20.809.000
41-318. 5. Transporte interno 1.900.000
Suman los Créditos $ 155.084.200

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá, D. E, a 17 de julio. De 1978.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministró de Hacienda y Crédito Público,

Alonso Palacios; Rudas.

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