Por el cual se aumentan unas asignaciones en la sección Segunda del Ferrocarril Central del Norte
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA :
Desde el 1.° del presente mes de agosto en adelante, las asignaciones del Contador General y del Contador de Almacenes de la Sección segunda del ferrocarril Central del Norte, serán de $ 200 y $ 190, respectivamente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de agosto de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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