Por el cual se modifica una disposición

Rango Decreto
Publicación 1941-08-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Articulo único. Amplianse los términos señalados por el articulo 4° del Decreto 131 de 1941, para que los funcionarios de Hacienda Nacional devolvieran al Almacén General de Especies Venales las estampillas de timbre nacional; retiradas de la circulación, por virtud de dicho Decreto, hasta el 31 de julio próximo pasado.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de agosto de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Publico,

Gonzalo RESTREPO

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