Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Educación Nacional)

Rango Decreto
Publicación 1944-06-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 7 de junio del año en curso, autorizo al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, según consta en la nota número 2140, procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente :

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

Capítulo 63.
Del artículo 946. Para sueldos del personal de este Colegio (Colegio Nacional "Emilio Cifuentes", de Facatativá) $ 1.180.00
Capítulo 63.
Al artículo 947. Para alimentación de alumnos y empleados internos, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, reparaciones, deportes y demás gastos de este Colegio (Colegio Nacional "Emilio Cifuentes", de Facatativá) 1.180.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
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Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de junio de 1944.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

GonzaloRESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Antonio ROCHA

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