Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 4 de julio en curso, concedió al Ministerio de Hacienda y Crédito Publico la autorización necesaria para efectuar algunos traslados en el Presupuesto de la actual vigencia fiscal, según consta en el oficio número 2683, procedente de la Secretaría de la mencionada entidad,
decreta:
Artículo único. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE GUERRA
| Del capítulo 33, artículo 177. Parágrafo 22. Construcción de edificios y obras varías | $ | 40.000 | |
|---|---|---|---|
| Al capituló 33, artículo 178. Parágrafo 52. Para alimentación lavado y peluquería. Marina | 5.000 | ||
| Al capítulo 33, artículo 178. Parágrafo 53. Para vestuario, equipo, elementos para casinos y rancho, equipos para deporte y elementos para premios | 7.000 | ||
| Al capítulo 33, artículo 178. Parágrafo 62. Para adquisición, reparación y conservación de unidades y elementos fluviales y marítimos, talleres y vehículos terrestres | 15.000 | ||
| Al capítulo 33, artículo 178. Parágrafo 64. Para combustibles y lubricantes | 13.000 | ||
| Sumas iguales | $ | 40.000 | 40.000 |
| Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 11 de julio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO El Ministro de Guerra, José Joaquín CASTRO M. | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 11 de julio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO El Ministro de Guerra, José Joaquín CASTRO M. | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 11 de julio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO El Ministro de Guerra, José Joaquín CASTRO M. | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 11 de julio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO El Ministro de Guerra, José Joaquín CASTRO M. |
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