por el cual se hacen unos traslados en la Ley de Apropiaciones vigente

Rango Decreto
Publicación 1949-06-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 17 de mayo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y crédito Público para efectuar unos traslados dentro de la Ley de Apropiaciones vidente, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1.º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 27033 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 9 Y 10.

Artículo 2.º EL presente Decreto rige desde su fecha

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de mayo de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Relaciones Exteriores, Eduardo ZULETA ÁNGEL­ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán, JARAMILLO OCAMPO­ El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO.

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