por el cual se hacen unos traslados en la Ley de Apropiaciones vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 17 de mayo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y crédito Público para efectuar unos traslados dentro de la Ley de Apropiaciones vidente, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1.º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 27033 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 9 Y 10.
Artículo 2.º EL presente Decreto rige desde su fecha
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de mayo de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Relaciones Exteriores, Eduardo ZULETA ÁNGEL El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán, JARAMILLO OCAMPO El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.