Por el cual se confieren algunas autorizaciones al Administrador principal de las Salinas de Cundinamarca
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Art. 1.° Autorízase al Administrador principal de las Salinas de Cundinamarca para que pueda celebrar contratos, hasta por la suma de cinco mil pesos ($ 5,000), para la adquisición de útiles y demás objetos necesarios para la explotación de las minas, sin llenar para ello todos los requisitos exigidos por la ley.
En tales contratos basta para su validez de'la aprobación del Ministerio de Hacienda.
Art. 2.° Igualmente se autoriza al mismo Administrador para que pueda vender, en las mejores condiciones posibles para el Fisco, y sin necesidad de previa licitación, todos aquellos elementos que, no siendo indispensables para el laboreo de las minas, existan en los depósitos.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 23 de Septiembre de 1902.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Subsecretario del Ministerio de Gobierno, encargado del Despacho,
Antonio Gutiérrez Rubio
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Felipe F. Paúl.
El Ministro de Hacienda,
José Ramón Lago
El Ministro de Guerra,
Aristides Fernández
El Ministro de Instrucción Pública,
José Joaquín Casas.
El Ministro del Tesoro,
Francisco Mendoza P.
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