Por la cual se abre crédito al presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1943-08-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legajes, y

CONSIDERANDO

Que el señor Ministro de Obras Públicas ha solicitado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la apertura de un crédito adicional al Presupuesto vigente por la cantidad de $ 8.000, con base en igual cantidad consignada por el Municipio de Palmira en el Banco de Colombia de dicha ciudad a la orden de la Tesorería, General de la República según certificación expedida por la Contraloría General y como aporte voluntario del mencionado Municipio, para los estudios de la vía Palmira - Chinche y

Que por el Ministerio de Hacienda se ha llenado todas las formalidades, exigidas por la Ley 64 de 1931, para la apertura de créditos, adicionales a la Ley de apropiaciones vigente,

DECRETA:

Artículo 1° Con base en la suma de ocho mil pesos ($ 8.000) moneda corriente, depositada en el Banco de Colombia de Palmira a la orden de la Tesorería General de la República, por concepto de aporte voluntario del Municipio de Palmira para los estudios de la vía Palmira - Chinche, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

CAPITULO 87

Carreteras nacionales--Construcción

Artículo 1267. Para la carretera Palmira-Chinche $ 8.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá 17 de julio de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso ARAUJO

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