por el cual se modifica el Decreto 511 de 2012
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 4131 de 2011, se cambió la Naturaleza Jurídica del Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, de establecimiento público a Instituto Científico y Técnico con personería jurídica, autonomía administrativa, técnica, financiera y patrimonio independiente, denominado Servicio Geológico Colombiano, adscrito al Ministerio de Minas y Energía, el cual hará parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI).
Que las funciones relacionadas con minería que cumplía el Servicio Geológico Colombiano las va a cumplir la Agencia Nacional de Minería, ANM, creada mediante el Decreto-ley 4134 de 2011, la cual se rige por una nomenclatura y escala salarial diferente a la que rige para el Servicio Geológico Colombiano.
Que para efectos de la incorporación directa de los servidores del Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, en los cargos creados en la planta de personal de la Agencia Nacional de Minería, ANM, se hace necesario establecer las equivalencias, entre la nomenclatura y clasificación de empleos fijada en el Sistema General de Nomenclatura y Clasificación de Empleos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y la establecida para las Agencias.
DECRETA:
Artículo 1°. Modifíquese el artículo 1° del Decreto 511 de 2012 adicionándose la siguiente equivalencia, así:
| Situación Anterior Sistema General de Nomenclatura y Clasificación de Empleos | Situación Anterior Sistema General de Nomenclatura y Clasificación de Empleos | Situación Anterior Sistema General de Nomenclatura y Clasificación de Empleos | Situación Nueva Empleos Agencias | Situación Nueva Empleos Agencias | Situación Nueva Empleos Agencias |
|---|---|---|---|---|---|
| DENOMINACIÓN | CÓDIGO | GRADO | DENOMINACIÓN | CÓDIGO | GRADO |
| Profesional Universitario | 2044 | 03 | Analista | T2 | 03 |
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, adiciona en lo pertinente al Decreto 511 de 2012 y deroga el Decreto 921 de 2012.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de junio de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.
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