Por el cual se desaplazan unas apropiaciones contenidas en el Decreto 1374 del 2 de julio de 2002

Rango Decreto
Publicación 2002-07-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 20 del artículo 189 de la Constitución Política y por los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otros, cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos;

Que el Gobierno Nacional previo concepto del Consejo de Ministros, expidió el Decreto 1374 de 2002 mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación por la suma de $2.260.1 mil millones;

Que a la fecha, varias entidades han solicitado autorización para ejecutar algunas de las partidas incluidas en el citado decreto, las que fueron evaluadas por parte del Departamento Nacional de Planeación, DNP, y el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, los cuales recomendaron al Consejo de Ministros conceptuar favorablemente sobre el desaplazamiento de la suma de doscientos treinta y tres mil novecientos sesenta y seis millones trescientos noventa y ocho mil ochocientos pesos ($233.966.398.800);

Que de acuerdo con lo anterior, el Departamento Nacional de Planeación conceptuó favorablemente sobre el desaplazamiento de unas apropiaciones del presupuesto de gastos de inversión mediante Oficio DIFP-SPSC-12-1125-2002 del 8 de julio de 2002;

Que en virtud de la autorización conferida por el Consejo de Ministros en su sesión del día 8 de julio de 2002, se podrá efectuar un desaplazamiento de algunas apropiaciones presupuestales de los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación,

DECRETA:

Artículo 1°. Desaplazar el Presupuesto de Gastos de Inversión para la vigencia fiscal de 2002, en la suma de doscientos treinta y tres mil novecientos sesenta y seis millones trescientos noventa y ocho mil ochocientos pesos moneda legal ($233.966.398.800), según el siguiente detalle:

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