Por el cual se legaliza un Acuerdo de la Corte Electoral

Rango Decreto
Publicación 1949-02-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 17, inciso 3º, de la Ley 89 de 1948, y

CONSIDERANDO:

Que el Registrador Nacional del Estado Civil ha sometido al Gobierno Nacional el Acuerdo número 2 de la Corte Electoral, fechado el 19 de los corrientes, y

Que la providencia mencionada llena los requisitos exigidos por el artículo 17 de la Ley 89 de 1948,

DECRETA:

Artículo único. Legalizase el Acuerdo adoptado por la Corte Electoral, con fecha 19 de los corrientes, que el señor Registrador Nacional somete a la consideración del Gobierno Nacional, y que dice:

"ACUERDO NUMERO 2

por el cual se crean unos cargos en el ramo Electoral y se fijan sus asignaciones.

La Corte Electoral Nacional,

en uso de las facultades que le confiere la Ley 89 de 1948, y acogiendo la ponencia del Registrador Nacional del Estado Civil,

ACUERDA:

Artículo primero. La Registraduría Nacional del Estado Civil tendrá un Secretario General, con las funciones que la Ley 89 de 1948 le señala al Secretario de la Oficina Nacional de Identificación, que desde ahora queda incorporada en aquélla, y con las demás que le corresponden en razón del funcionamiento del nuevo organismo nacional electoral. Este empleado recibirá una asignación mensual de mil seiscientos pesos ($ 1.600).
Artículo segundo. El Registrador Nacional del Estado Civil tendrá un Secretario Privado, con las funciones propias de ese cargo, y con sueldo mensual de seiscientos cincuenta pesos ($ 650)
Artículo tercero. Créanse en la Registraduría Nacional del Estado Civil los empleados que en Seguida se indican, con sus sueldos mensuales correspondientes:
Una Mecanotaquígrafa para la Secretaria Privada $ 280.00
Una Mecanotaquígrafa para la Secretaría General 240.00
Un Chofer para el Registrador Nacional 190.00
Un Cartero 120.00

Bogotá, 19 de enero de 1949.

El Presidente de la Corte, Alfonso López- El Registrador Nacional, Secretario de la Corte, Aníbal Cardoso Gaitán."

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de enero de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Gobierno, Darío ECHANDIA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL.

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