Sobre coordinación y vigilancia de las obras de canalización del río Medellín

Rango Decreto
Publicación 1957-08-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO

que por Decreto número 3518 de 1949. se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,

DECRETA:

Artículo primero. Con el objeto de que todas entidades vinculadas directa o indirectamente a las obras principales o complementarias de la canalización del río Medellín, pueden intervenir en la vigilancia, ejecución y sostenimiento de ellas, créase la Junta de Canalización del río Medellín.
Artículo segundo. La Junta a que se refiere el artículo anterior funcionará en Medellín y estará integrada por los funcionarios que a continuación se determinan, cada uno de los cuales podrá hacerse representar por otro empleado de su propia dependencia:

Ministro de Obras Públicas;

Gerente del Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico;

Gobernador de Antíoquia;

Alcalde de Medellín, y

Director del Departamento de valorización de Medellín.

Artículo tercero. La Junta de que trata el presente Decreto tendrá las siguientes funciones:

y recaudo del correspondiente impuesto de valorización;

Artículo cuarto. La Junta elaborará sus propios reglamentos.
Artículo quinto. La asistencia de tres de los miembros de la Junta constituirá quórum suficiente para la validez de sus actos y las decisiones de ella se adoptarán por la mayoría de votos de los miembros concurrentes.
Artículo sexto. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 18 de julio de 1957.

Mayor General Gabriel París G.

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca-Contralmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Gobierno, José María Villareal. El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justicia, Mayor General Alfredo Duarte Blum.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo.-El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya.-El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar.-El Ministro del Trabajo, Raimundo Emiliani Román.-El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás.-El Ministro de Fomento. Joaquín Vallejo.-El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala.-El Ministro de Educación Nacional, Próspero Corbonell.-El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz.-El Ministro de Obras Públicas, Tulio Ospina Pérez.

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