por el cual se derogan los artículos 2º y 3º del Decreto 06 de fecha enero 9 de 1997

Rango Decreto
Publicación 1997-01-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los artículos 34 y 76 del Decreto 1950 de 1973, del artículo 2º del Decreto 1666 de 1991 y el artículo 31 del Decreto 53 de 1996,

DECRETA:

Artículo 1º. Derogar los artículos 2º y 3º del Decreto número 06 de fecha enero 9 de 1997.
Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 20 de enero de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

José Antonio Vargas Lleras.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.