por el cual se aprueba la supresión de cargos vacantes de la planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con concepto de la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;
Que el Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, sometió a aprobación del Gobierno Nacional la supresión de cargos vacantes de su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 010 del 23 de octubre de 2002,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la Planta de Personal de empleados públicos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, aprobada mediante Decreto 301 de 1997 los siguientes cargos vacantes:
| N° de cargos | Dependencia y denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 15 (quince) | Director de Establecimiento Carcelario | 2220 | 06 |
| 7 (siete) | Subdirector de Establecimiento Carcelario | 2225 | 06 |
| 1 (uno) | Profesional Especializado ½ Tiempo | 3010 | 15 |
| 1 (uno) | Profesional Especializado | 3010 | 16 |
| 1 (uno) | Profesional Universitario | 3020 | 08 |
| 1 (uno) | Profesional Universitario | 3020 | 12 |
| 2 (dos) | Capellán ½ Tiempo | 3060 | 08 |
| 1 (uno) | Analista de Sistemas | 4005 | 15 |
| 1 (uno) | Técnico Administrativo | 4065 | 09 |
| 2 (dos) | Técnico Operativo | 4080 | 13 |
| 5 (cinco) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 13 |
| 1 (Uno) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 18 |
| 1 (Uno) | Secretario | 5140 | 13 |
| 1 (Uno) | Auxiliar de Servicios Generales | 5335 | 11 |
| 5 (Cinco) | Enfermero Auxiliar | 5345 | 14 |
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 301 de 1997, Decreto 2319 de 1997, Decretos 557 y 1588 de 1998, Decreto 1652 de 1999 y Decreto 1265 de 2001 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de enero de 2003.
ALVARO URIBE VELEZ
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Fernando Londoño Hoyos.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Roberto Junguito Bonnet.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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