Por el cual se crean unos empleos en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales
decreta:
Artículo 1° Con imputación al artículo 44, parágrafos 39 bis y 44 bis del Presupuesto Nacional, créase una plaza más de Oficial de Recibo y otra de Copista en la Oficina Telegráfica Central, con la misma asignación mensual de las de su clase en aquella oficina, y nómbrase para desempeñarlas a los señores Carlos Alberto Herrera y Pedro Cubillos, respectivamente.
Artículo 2° Nómbrase al señor Leonardo Uribe C. Jefe de la Circunscripción de Telégrafos de Bogotá, en virtud del fallecimiento del señor Alcibíades Rojas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de septiembre de 1918.
MARCO FIDEL, SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Pedro Antonio MOLINA.
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