Por el cual se crea un empleo y se hace un nombramiento en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Articulo 1.° Con imputación al parágrafo 5.° bis del artículo 45 del Presupuesto, créase el empleo de Depositario de la. Estación inalámbrica de San Andrés, con la asignación mensual de 130, que se cubrirá por la Circunscripción de Telégrafos de Barranquilla, y nómbrase para desempeñarlo al señor José Ballesteros.
Artículo 2.° Fíjase en mil pesos ($ 1,000) la cuantía de la fianza que este empleado debe otorgar en seguridad de su manejo.
Artículo 3.° Los gastos de material Que ocasione el presente Decreto se comprobarán según lo prescrito en el Reglamento sobre Contabilidad de la Hacienda Nacional
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de septiembre de 1918.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Pedro Antonio MOLIINA.
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