Por el cual se determina la planta de personal del Museo de Arte Colonial

Rango Decreto
Publicación 1961-07-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en desarrollo de los Derechos números 0550 y 1637 de 1960 y de 1961,

DECRETA:

Artículo 1º Las funciones propias del Museo de Arte Colonial, señaladas por el Decreto número 903 de 1961, serán desempeñadas por la siguiente planta:
Clase de cargos
Dirección Grados
1 Director de Establecimiento Cultural I 11
Administración
1 Administrador de Establecimiento Cultural II 8
1 Mecanógrafa II 4
Grupo de Información y Vigilancia.
9 Informadores de Museo 3
1 Celador II 3
1 Portero II 3
Grupo de Mantenimiento
3 Aseadoras II 2
Artículo 2º Los funcionarios que continúen prestando sus servicios en cargos cuya denominación y asignación haya sido modificada por el presente Decreto, no requerirán llenar otra formalidad para la posesión, que la firma del acta respectiva y el pago del impuesto de timbre nacional, equivalente a la diferencia de la remuneración correspondiente.
Artículo 3º La planta del Museo de Arte Colonial que se determina en ese Decreto, podrá ser reajustada de acuerdo con los estudios posteriores que se realicen conjuntamente con la Secretaria de Organización e Inspección, de la Administración Publica y el Departamento Administrativo del Servicio Civil.
Artículo 4º Este Decreto surte efectos fiscales a partir del 1º de mayo de 1961.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 28 de junio de 1961.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernando Agudelo Villa, el Ministro de Educación Nacional, Alfonso Ocampo Londoño, el Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Francisco Tafur Morales.

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