Por el cual se crea la Escuela Superior de Economía Doméstica, en Bogotá, y se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la misma
El designado Encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y,
CONSIDERANDO:
Que El Departamento De Educación Campesina del Ministerio de Educación tiene en las Escuelas Hogar una de las bases más efectivas para la mejor preparación de la mujer en la que atañe en su vida hogareña al servicio que debe prestar a la comunidad;
Que el gobierno está empeñado en elevar el nivel cultural y económico de la población campesina, llevándole el concurso adecuado para su progreso integral;
Que no existe en el país un establecimiento superior para la presentación de industrias de economía doméstica, primeros auxilios, y urgencias.
DECRETA:
Artículo Primer o: crease la primera Escuela Normal Superior de Economía Doméstica en la ciudad de Bogotá dependiente del Departamento Nacional De Educación Campesina.
Artículo Segundo. Del capítulo 94, Artículo 1125 del Presupuesto Nacional vigente, apropiase la suma de cien mil pesos ($ 100.000) para sueldos y alimentación del personal de la escuela creada en el presenta decreto y para el sostenimiento de la misma.
Artículo Tercero. Distribúyese la partida anterior así:
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Artículo cuarto. Los Directores departamentales, intendencia les y comisaria les de Educación, designaran tres maestras rurales en comisión para integrar a si el personal docente de la Escuela Normal Superior de Economía Domestica.
Artículo quinto. El Ministerio de Educación Nacional, por medio de resoluciones elaborara los programas y reglamento de la Escuela de que trata el presente Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de junio de 1953.
ROBERTO URDANETA ARVELAEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Pública,
Antonio Álvarez Restrepo
El Ministro de Educación Nacional, encargado,
Lucio Pavón Núñez.
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