Por el cual se reajusta la Cuota Patronal para el subsidio de transporte en el Municipio de Barranquilla

Rango Decreto
Publicación 1960-06-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE FOMENTO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO :

Que la Ley 15 de 30 de abril de 1959, autoriza al Gobierno para fijar la cuantía de la Cuota Patronal para los Fondos de Subsidio de Transporte ;

Que por Decreto número 2066 de 29 de julio de 1959, se creó el Fondo para el Transporte, y se estableció la Cuota Patronal y el Subsidio de Transporte en el Municipio de Barranquilla ;

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 15 de junio del presente año, auméntase cuatro pesos con treinta v cinco centavos ($ 4.35) por cada trabajador, la Cuota Patronal para el Fondo del Transporte de Barranquilla, establecida por el artículo 11 del Decreto número 2066 de 1959.
Artículo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Publíquese y ejecútese.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Fomento,

Misael Pastrana Borrero.

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