Por el cual se modifica el Decreto número 114 de 1939
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando
que según los informes sobre costo de sostenimiento de restaurantes escolares, recibidos por el Ministerio de Educación Nacional, las partidas asignadas en el Decreto número 114 del corriente año, exceden a las cuotas del auxilio nacional que debe girárseles a los Departamentos en el presente año, conforme a la liquidación prescrita en el artículo 3° del Decreto número 15 de 1939,
decreta:
Artículo único. Modificase el artículo 1° del Decreto número 114 de 1939, en el sentido de disminuir las partidas asignadas liara auxiliar los restaurantes escolares de los siguientes Departamentos, en las cantidades que a continuación se expresan:
| Antioquía | $ | 7.700.00 |
|---|---|---|
| Bolívar | 12.200.00 | |
| Cauca | 11.900.00 | |
| Nariño | 2.200.00 | |
| Norte de Santander | 7.500.00 | |
| Suma | $ | 41.500.00 |
| Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 11 de julio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonoso ARAUJO | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 11 de julio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonoso ARAUJO | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 11 de julio de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonoso ARAUJO |
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