Por el cual se distribuyen unas partidas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA;
Artículo único. Las sumas de $ 11.950.00 y $ 8.550.00, trasladadas por Decreto número 1147 de 1949 a los artículos 1340 y 1341 del Capítulo 83, del Presupuesto Nacional vigente, se distribuyen así:
Capítulo 83, articulo 1340.
| Para sueldo del Profesor Director de Grupo del instituto de Educación Física, anexo .a la Escuela Normal Superior, a razón de $ 370.00 mensuales, en los meses de marzo a diciembre, inclusive, del presente año | $3.700.00 |
|---|---|
| Para atender al page de diez cátedra» del mismo Instituto, a razón de 8 60.00 mensuales cada una, en los meses de marzo n diciembre, inclusive, del presente año | 6.000.00 |
| Para sueldo del Técnico dé Campamentos, Ayudante de la Dirección del Instituto, a razón de $ 250.00 mensuales, en los meses de abril a diciembre inclusive, del presente año | 2.250.00 |
| Suma | 11.950.80 |
Capítulo 83, artículo 1341
| Para atender al pago de diez becas del Instituto de Educación Física, anexo á la Escueta Normal Superior, a razón de $ 60.00 mensuales cada una, en los meses de marzo a diciembre, inclusive | $6.000:00 |
|---|---|
| Para material, dotación, propaganda y demás gastos del Instituto | 2.250.00 |
| Suma | $8.550,00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de mayo de 1949 /
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO
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