Por el cual se adiciona en forma parcial el personal de planta de la División de Aduanas, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 1961-07-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y de conformidad con el Decreto 1678 de 1960,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase en forma parcial el personal de planta de la División de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con los siguientes cargos:
Administración de la Aduana de Buenaventura. Administración de la Aduana de Buenaventura. Administración de la Aduana de Buenaventura.
Sección de Liquidación. Sección de Liquidación. Sección de Liquidación.
Grado
1 Oficinista II 4
Sección de Almacenes. Sección de Almacenes. Sección de Almacenes.
1 Jefe de Grupo II 6
1 Almacenista IV 6
26 Ayudantes de Almacén V 5
Estadística y Archivo. Estadística y Archivo. Estadística y Archivo.
4 Oficinista III 5
1 Mecanógrafo II 4
Artículo 2° El presente Decreto rige con efectividad al 1° de enero del presente año.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D. E., a 28 de junio de 1961.

ALBERTO LLERAS.

Hernando Agudelo Villa, Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Francisco Tafur Morales, Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

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